SANTO DOMINGO. – El Tribunal Superior Electoral (TSE) acogió parcialmente una acción de amparo contra la Junta Central Electoral (JCE), ordenándole garantizar el derecho de elegir y ser elegibles a los residentes de la Urbanización Costa Verde.
La decisión implica la inclusión de estos ciudadanos en los colegios electorales de la circunscripción 1 del Distrito Nacional o la creación de nuevos centros de votación dentro de la urbanización.
Sentencia a favor de los residentes
El recurso fue interpuesto por Nelson Enrique Ventura Javier, Luis Manuel Pulché Cordero, María Fernanda Pérez Rivas y Aquiles de Jesús Machuca González, quienes denunciaron que estaban registrados en una demarcación diferente a la de su residencia.
Según la sentencia TSE/0004/2025, el tribunal determinó que la JCE debe corregir esta irregularidad, garantizando que los afectados puedan ejercer su derecho al voto en la jurisdicción que les corresponde.
Los jueces Ignacio Pascual Camacho Hidalgo, Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez fallaron a favor de los demandantes, respaldando su reclamo.
JCE debe corregir el padrón electoral
La decisión se basó en los artículos 58, 59 y 90 de la Ley 20-23 y en el artículo 2 de la Ley 163-01, que establece los límites de la Provincia Santo Domingo. Además, se tomó en cuenta la sentencia TC/0172/23 del Tribunal Constitucional, que ratificó la delimitación territorial.
El tribunal rechazó la solicitud de la JCE de declarar improcedente la acción de amparo, considerando que tenía fundamentos legales. También desestimó el argumento de que se trataba de un amparo de cumplimiento, confirmando que se ajusta a un amparo ordinario.
Publicación de la sentencia y notificación a las partes
El TSE ordenó la notificación de la sentencia a todas las partes involucradas y su publicación en el portal institucional del tribunal y en el Boletín Contencioso Electoral.
Asimismo, rechazó la petición de los accionantes de imponer una astreinte a la JCE, argumentando que no había méritos jurídicos para ello.
Con esta decisión, los residentes de Costa Verde podrán votar en su propia circunscripción, asegurando que su derecho al sufragio no se vea afectado por errores en el padrón electoral.
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