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Tribunal Constitucional reafirma que renuncia justificada no elimina derecho a prestaciones laborales

El Tribunal Constitucional (TC) falló en contra de unos padres que se opusieron a una transfusión de sangre para su hijo recién nacido por motivos religiosos.

Tribunal Constitucional reafirma que renuncia justificada no elimina derecho a prestaciones laborales

Santo Domingo. – El Tribunal Constitucional (TC) reafirmó que cuando un trabajador presenta una renuncia justificada, no pierde el derecho a recibir sus prestaciones laborales, conforme lo establece el Código de Trabajo dominicano.

La decisión surge a raíz del caso de una exempleada de una franquicia de comida rápida en el Distrito Nacional, quien abandonó su puesto alegando incumplimientos graves por parte del empleador.

La mujer —identificada como María, nombre ficticio— presentó su dimisión el 7 de junio de 2019, amparada en lo que se conoce como “renuncia con causa justificada”.

Posteriormente, demandó a la empresa para reclamar sus derechos adquiridos, incluyendo cesantía, preaviso y vacaciones no disfrutadas.

La renuncia justificada no anula derechos laborales

El TC sostuvo que el artículo 96 del Código de Trabajo reconoce expresamente que si un trabajador decide dejar su empleo por incumplimientos del empleador, no pierde sus beneficios laborales acumulados.

Este principio también está respaldado por jurisprudencia constante de la Suprema Corte de Justicia.

“La dimisión justificada opera como una forma de terminación del contrato de trabajo por culpa del empleador, lo que conlleva el derecho del trabajador a recibir las mismas prestaciones que si hubiese sido despedido injustamente”, señaló el tribunal en su decisión.

Garantías frente a abusos y omisiones del empleador

El caso de María ilustra cómo un trabajador puede recurrir a la vía legal cuando su dignidad, salud o integridad laboral se ve comprometida por faltas atribuibles al empleador.

Entre las causas de renuncia justificada se encuentran el incumplimiento de condiciones laborales acordadas, el maltrato físico o verbal, el impago de salarios y la modificación unilateral de funciones.

El Tribunal Constitucional subrayó que renunciar por causas legítimas no debe interpretarse como un abandono voluntario de derechos, sino como una respuesta legítima a la conducta del patrono.

Jurisprudencia con impacto nacional

Esta sentencia fortalece el marco jurídico laboral dominicano, al establecer como doctrina constitucional que los empleados tienen derecho a reclamar prestaciones incluso tras presentar una renuncia justificada.

Abogados laboralistas valoran positivamente el fallo, señalando que proporciona mayor seguridad jurídica a los trabajadores del país.

La decisión sienta un precedente vinculante para casos similares y obliga a los tribunales ordinarios a respetar el principio de equidad en la terminación de contratos laborales por causa imputable al empleador.

Dary Terrero

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Dary Terrero. Comunicaciones, Medio de Comunicación

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