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Omar Fernández dice reforma constitucional representa contrasentido

El senador Omar Fernández externó este jueves que el apartado sobre la escogencia del procurador general de la República en el proyecto de reforma constitucional representa un contrasentido, ya que restringiría el espíritu de libre ejercicio que caracteriza al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

Esto debido a que este proyecto le otorga, en el artículo 179, al Consejo Nacional de la Magistratura la función de designar a la del  Procurador General de La República, pero limitada a la propuesta que presente el presidente de la República, quien además de presidir ese órgano, también votará por su propuesta.

«Esto representa un contrasentido, pues restringe el espíritu de libre ejercicio que caracteriza al Consejo Nacional de la Magistratura, desdiciendo con esto el interés de independencia que, alegadamente, se busca otorgar a la Procuraduría General de la República», dijo en una carta publicada en sus redes sociales.

«Es por ambigüedades como esta que no queda claro cuál es el verdadero propósito de la reforma, porque a fin de cuentas será el mismo presidente quien, no sólo postulará a su candidato sin posibilidad alguna de otra alternativa, sino que, además, al presidir el Consejo Nacional de la Magistratura, también votará por él», agregó.

El legislador de Fuerza del Pueblo por el Distrito Nacional forma parte de la comisión bicameral que estudia el proyecto.

Fernández dijo que, aunque entiende que esta reforma no responde a una necesidad del pueblo dominicano, desde ya está analizando la pieza detalladamente.

Texto íntegro de la carta

El pasado martes, en la primera sesión de esta legislatura del Senado, quedó conformada una comisión bicameral para el estudio de la propuesta de reforma constitucional que fue remitida por el Poder Ejecutivo.

Aunque entiendo que esta reforma no responde a una necesidad del pueblo dominicano y que sigue siendo prioritario aprobar las leyes pendientes que manda la propia Constitución del 2010, en mi rol de legislador y como miembro de dicha comisión bicameral, desde ya me encuentro analizando detalladamente el proyecto de reforma constitucional.

De primera lectura me llama a preocupación varios aspectos de la redacción que, a mi juicio, se prestan a una inadecuada interpretación del espíritu de la carta magna.

Tal es el caso del Art. 179, el cual otorga al Consejo Nacional de la Magistratura la función de designar al Procurador General de la República, sin embargo, limita dicha función exclusivamente a la propuesta que presente el presidente de la República. Esto representa un contrasentido, pues restringe el espíritu de libre ejercicio que caracteriza al Consejo Nacional de la Magistratura, desdiciendo con esto el interés de independencia que, alegadamente, se busca otorgar a la Procuraduría General de la República.

Es por ambigüedades como esta que no queda claro cuál es el verdadero propósito de la reforma, porque a fin de cuentas será el mismo presidente quien, no sólo postulará a su candidato sin posibilidad alguna de otra alternativa, sino que además, al presidir el Consejo Nacional de la Magistratura, también votará por él.

Este hallazgo es el resultado de apenas una primera lectura. En el marco de los trabajos de la comisión y de nuestro equipo, les mantendré informados sobre los resultados de este proceso.

Omar Fernández

Dary Terrero

Dary Terrero. Comunicaciones, Medio de Comunicación