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Julio Cury refuta afirmaciones de Rodríguez Huertas sobre elección alcalde de La Vega

Nacional.- El reconocido jurista Julio Cury, refutó hoy las declaraciones del catedrático Olivo Rodríguez Huertas sobre la elección del alcalde de La Vega tras la renuncia de sus dos principales autoridades para el período 2024-2028.

Huertas sostuvo que “no es necesario realizar una convocatoria electoral”, a lo que Cury señaló que a pesar de que los ayuntamientos son organismos autónomos, el presidente Luis Abinader solo puede disponer en instituciones con esa condición pero adscritas al gobierno central.

“Si bien es verdad que el art. 128.2, literal b), de la Constitución faculta al presidente a designar a los titulares de «organismos autónomos», no menos cierto es que esa competencia cae, como se aprecia en la lectura de su encabezado, bajo su condición de «jefe de Gobierno», dijo

“Los ayuntamientos, aunque autónomos, ni son organismos ni pertenecen al gobierno central.  Son entes. Así lo establecen los arts. 6 y 46 de la Ley núm. 247-12. El jefe de Gobierno puede, por tanto, nombrar los encargados de los organismos autónomos de la Administración Publica Central, como la DGII y DGA, pero no a los de órganos que escapan de la esfera del gobierno”, externó el abagado.

En ese sentido, Julio Cury indicó el rol que juegan las salas capitulares en este tipo de situaciones, lo que no sería distinto en la Alcaldía de La Vega.

“Las alcaldías, de su lado, son órganos, o sea, unidades con poder de representación del ente del que dependen. Si fuesen organismos, tendrían un superior jerárquico, como exige el art. 51.4 de la 247-12. Las salas de regidores son también órganos, y no superiores, sino complementarias de las alcaldías, como dispone el art. 201 constitucional”, argumentó el veterano abogado.

Cabe resaltar que Rodríguez Huertas puntualizó que, “si bien es cierto que la Constitución a partir del año 2010 no dispone expresa y literalmente que ese vacío debe ser cubierto por el Presidente de la República, es una atribución que se deriva del artículo 128, numeral 3, letra e), de la Constitución, que dispone que en su calidad de Jefe de Estado y de Gobierno, le corresponde al Jefe de Estado “las demás atribuciones previstas en la Constitución y en las leyes”.

Se recuerda que Kelvin Cruz renunció al cargo de alcalde de La Vega tras ser designado por el presidente Abinader como ministro de Deportes, cargo que posteriormente asumió Amparo Custodio y que por presiones de la dirigencia perremeísta en esa localidad, igual renunció.

Dary Terrero

Dary Terrero. Comunicaciones, Medio de Comunicación

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