Nacionales.- El nombramiento de Carlos Pimentel como nuevo director ejecutivo de la Dirección General de Alianzas Público-Privadas mediante el Decreto 614-24, es violatorio a la ley por lo que en los próximos días se espera que el actual director de Contrataciones Públicas renuncie a este último cargo.
De acuerdo a la Ley 47-20 de Alianzas Público Privadas, el director ejecutivo no podrá desempeñar ningún cargo o empleo de cualquier naturaleza con excepción de la actividad docente, lo que significa que las funciones de Pimentel en Contrataciones Públicas chocan con la nueva tarea asignada por el presidente Luis Abinader.
A pesar de que, de acuerdo al decreto que lo designa en Alianzas Público-Privadas, Pimentel continuará en el cargo de manera honorífica, la Ley 41-08 de Función Pública en su artículo 80 dice que la aceptación de un segundo cargo público incompatible con el que se esté ejerciendo, supone la renuncia automática del primero sin desmedro de la responsabilidad que corresponda.
En adición, la naturaleza de las actividades en ambos cargos es incompatible, por un lado, la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas es de regulación, mientras la labor de la Dirección General de Alianzas Público Privadas es de operación; en este caso se coloca una misma persona al frente de instituciones con naturaleza diferente, haciéndolo juez y parte, y en ese sentido, se infringiría el artículo 9 de la Ley 247-12 de la Administración Pública que hace referencia a la separación de actividades de regulación y ejecución.
Ambos cargos, son miembros del Consejo Nacional de Alianzas Público-Privada, entonces: ¿En función de cuál de los dos roles participaría Carlos Pimentel en el Consejo? ¿El subalterno inmediato que designe para sustituirle podrá actuar con independencia de criterios?
Fuente: Panorama
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